Desde ahora deberá figurar la aportación del empresario a la Seguridad Social. Hasta el momento sólo constaba la cotización del trabajador y la retención correspondiente.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha modificado la forma en que se estructuran las nóminas de los trabajadores. Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la aportación del empresario a la Seguridad Social. Antes sólo se reflejaba la aportación del empleado: por contingencias comunes (un 4,70% para todos los trabajadores) y desempleo y formación profesional (un 1,55% en el caso de los trabajadores con contrato indefinido y un 1,% para los que tienen contrato temporal). Pero ahora, tal y como señala el BOE, con la modificación «el empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo. E... leer más