Las nuevas nóminas de los trabajadores

Sofía Riesco

Desde ahora deberá figurar la aportación del empresario a la Seguridad Social. Hasta el momento sólo constaba la cotización del trabajador y la retención correspondiente.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha modificado la forma en que se estructuran las nóminas de los trabajadores. Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la aportación del empresario a la Seguridad Social.

Antes sólo se reflejaba la aportación del empleado: por contingencias comunes (un 4,70% para todos los trabajadores) y desempleo y formación profesional (un 1,55% en el caso de los trabajadores con contrato indefinido y un 1,% para los que tienen contrato temporal).

Pero ahora, tal y como señala el BOE, con la modificación «el empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.

En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador.»

Esto es, el 28,3% por contingencias comunes; el 5,5% en contratos indefinidos por desempleo ( 6,7% en caso de trabajadores temporales, independientemente de si tiene jornada completa o a tiempo parcial); la cotización para el Fondo de Garantía salarial (0,2%); y Formación Profesional (0,6%).

Con este cambio los empleados sabrán qué parte de la cotización corresponde a la empresa y cuál al trabajador. De ese modo se conocerá cuánto paga la empresa a la Seguridad Social en cotizaciones y por qué conceptos.

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Las empresas tendrán un plazo de seis meses, hasta el 12 de mayo de 2015, para adaptar sus nóminas a la nueva normativa, desde la entrada en vigor de la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre.

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