Ayudas del Ministerio de Educación para empresas de formación de trabajadores

Sofía Riesco

El plazo de solicitud está abierto hasta el 22 de abril, y podrán llevar a cabo los proyectos de formación con sus propios medios o subcontratarlos a centros autorizados.

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El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha convocado ayudas destinadas a la formación de los trabajadores y personas en situación de desempleo, que podrán solicitar las empresas y entidades dedicadas a la formación de la población activa. En total se destinan 24,5 millones de euros con el objetivo de impulsar la formación de los trabajadores y la acreditación de sus competencias para mejorar así su empleabilidad.

Podrán solicitar estas ayudas empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro para la puesta en marcha de proyectos de formación que permitan a los trabajadores actualizar sus competencias profesionales o adquirir nuevas capacidades, especialmente aquellas vinculadas con sectores emergentes, como Nueva tecnología avanzada de la información, Fabricación mecánica automatizada y robótica, Equipos aeronáuticos o Biofarmacia y productos médicos avanzados, entre otros.

Las acciones formativas tendrán una duración de un mínimo de 30 horas y un máximo de 60, y deberán identificar en sus contenidos la unidad o unidades de Competencia de las Cualificaciones Profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a las que se asocian.

Los destinatarios de estas formaciones serán los trabajadores de las propias empresas y grupos empresariales y personas en búsqueda de empleo o en situación de especial vulnerabilidad. Los requisitos que deben reunir las empresas son:

· Asumir la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, derivada de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
· No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
· Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
· Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España.
· Crear en España todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.

El plazo para solicitar las ayudas está abierto hasta el 22 de abril, y el proceso se hace a través de la página web www.educacionyfp.gob.es. Entre la documentación a aportar se encuentra la tarjeta de identificación fiscal, una memoria descriptiva del proyecto de formación, o la acreditación de los años de experiencia en impartición de cursos de formación de la entidad o entidad de formación subcontratada, entre otros.

Esta convocatoria se enmarca dentro de la acción estratégica puesta en marcha por el Ministerio para la mejora de las competencias profesionales de los trabajadores y el reconocimiento de las mismas. El objetivo es acreditar la formación de más de tres millones de personas hasta 2024.

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