Ayudas Neotec 2019 para proyectos empresariales tecnológicos

Sofía Riesco

El plazo de solicitud está abierto hasta el 1 de julio, y pueden beneficiarse de ellas pequeñas empresas con proyectos basados en el desarrollo de la tecnología.

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¿Eres una pyme que necesita financiación para desarrollar un proyecto? El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha convocado el Programa Neotec 2019, que consiste en conceder ayudas públicas dentro del marco del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial del Plan Estatal de Investigación y Técnica y de Innovación 2017-2020. El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial es el órgano encargado de otorgar las ayudas, que se destinan a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras.

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Éstas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial.

No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología. Los requisitos que deben reunir los solicitantes son, entre otros:

· Pequeñas empresas innovadoras, constituidas como máximo en los en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria.
· Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
· Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.
· No deberán estar cotizadas.
· No deberán haber distribuido beneficios.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. Además, son compatibles con otras ayudas procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea.

Los gastos subvencionables son inversiones en equipos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas / asesoría, y otros costes como alquileres, licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, impuestos indirectos o gastos de promoción, entre otros.

El plazo para presentar las solicitudes está abierto hasta el 1 de julio de 2019 a las 12 horas, y el proceso se realiza a través de la página web www.cdti.es.

Consulta más información en el BOE.

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