CGPJ convoca 920 plazas de Magistrado suplente y de Juez sustituto

Sonia Pascual

El Consejo General del Poder Judicial convoca concurso público para cubrir 246 plazas de Magistrado suplente y 674 plazas de Juez Sustituto para el año judicial 2015/2016

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Las 920 plazas de empleo público están convocadas en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.





Los candidatos deberán ser mayor de edad, tener nacionalidad española, poseer el título de Graduado/a o Licenciado/a en Derecho, no estar incurso en causa de incapacidad de las previstas en el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y tener disponibilidad de movilidad geográfica en caso de tener que desplazarse al municipio donde tenga su sede el órgano judicial para el que aspire.

Los aspirantes podrán solicitar plaza en las demarcación territorial especificada en el anexo I:
Anexo I noticiaAMP


Las solicitudes, conforme al modelo del Anexo II, deberán dirigirse al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y presentarse directamente en dicho tribunal o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación en el BOE.

Las solicitudes irán acompañadas de fotocopia del DNI, del título de Licenciado o Graduado en Derecho, la certificación literal del expediente académico del título presentado, certificado de antecedentes penales y la documentación que acredite los méritos alegados. Los aspirantes que hubieran sido nombrados/as magistrados suplentes y jueces sustitutos dentro de los cuatro años precedentes a fecha de esta convocatoria, sólo estarán obligados a aportar aquella documentación que sea acreditativa de los nuevos méritos.

Para la valoración de méritos se tendrán en cuenta preferentemente, el ejercicio efectivo de funciones judiciales, de fiscal o de secretario judicial, el ejercicio efectivo y acreditado de otras profesiones jurídica, así como actividad docentes realizada. Tendrán la consideración de méritos, aunque no preferentes, la participación en oposiciones, los méritos académicos, las publicaciones, los conocimientos de derecho civil propio de la Comunidad Autónoma, las actividades formativas realizadas sobre materias jurídicas y el conocimiento de la lengua cooficial (distinta del castellano) propia de una comunidad autónoma.

Las personas seleccionadas serán nombradas para el año judicial 2015-2016 y tendrá eficacia hasta el 31 de agosto de 2016, no obstante, podrán ser prorrogados conforme al artículo 103.2 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.

Más información en el BOE núm. 56, 6 marzo 2015

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